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Propesta para la Proteccion Sanitaria del Personal de Seguridad Publica y Procuracion de Justicia

La Situación de Emergencia Sanitaria causada por el coronavirus SARS-CoV-2, también denominado como Covid-19, se deriva de su alto grado de contagio por condiciones de contacto, e incluso por simple proximidad física. Por ello, se han establecido ciertas medidas de restricción para prevenir, evitar y reducir la diseminación del contagio de esta amenaza a la Salud.

Se tiene proyectada la aplicación de una vacuna para evitar ser afectados por esta amenaza para la Salud, pero en condiciones de disponibilidad limitada, progresiva y gradual, de tal suerte que se ha establecido una Estrategia Nacional para tales efetos, con base en una priorización de diversos segmentos de la población.

La operación de los Seguridad Pública (Fuerzas Armadas, Guardia Nacional, Policías), así como de Procuración de Justicia (Fiscalías, Peritos Policías Ministeriales, de investigación y similares), implica necesariamente y de manera ineludible no solo la presencia física de los elementos, sino incluso condiciones de proximidad e interacción con otras personas.

La Seguridad Pública, así como la Procuración de Justicia, constituye una actividad esencial en virtud de que, operen o no la actividad económica, los establecimientos mercantiles, las cadenas de valor o la simple dinámica ciudadana, los elementos de Seguridad Pública deben desplegarse físicamente y actuar a fin de proteger la integridad de personas y propiedades, así como la continuidad de los procesos sociales.

Los elementos de Seguridad Publica así como de Procuración de Justicia, al igual que el Personal de Salud, también, están en la primera línea de posible contagio, pero con mayor incertidumbre y exposición, ya que mientras el Personal de Salud tiene certeza razonable acerca del estado de salud de sus contactos, y al menos tiene los conocimientos y destrezas para su manejo, así como acceso a recursos de protección (trajes, guantes, aislantes), el elemento de Seguridad Privada tiene ineludiblemente contacto físico con una mayor diversidad de personas, con total incertidumbre acerca de su estado de salud, y no se le suele dotar de los conocimientos y destrezas para su manejo, ni de recursos de protección.

El personal de Seguridad Pública, así como de Procuración de Justicia, NO ha sido considerado como un segmento de población prioritario para la aplicación de la vacuna contra el Covid-19, dentro de la Estrategia Nacional de vacunación anunciada por el Gobierno Federal.

Se propone incluir al personal de Seguridad Pública como un segmento de población prioritaria en la Estrategia Nacional para la aplicación de la vacuna contra el Covid-19, en todas sus vertientes de Fuerzas Armadas, Guardia Nacional, Policías, Fiscalías, Peritos, Policías de Investigación y similares.

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